jueves, 19 de abril de 2007

SE CREÓ EL GIPUC - GRUPO INTERINSTITUCIONAL DE PROMOCIÓN DEL URUGUAY CULTURAL

EL DISTINTIVO "URUGUAY CULTURAL" PARA IMPULSAR LA IDENTIDAD NACIONAL FUERA DE FRONTERAS

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto 90/2007 con fecha 12 de marzo p.pdo., por el cual se procura promocionar la actividad cultural de la República, a nivel nacional e internacional, adoptándose el referido distintivo.

Con ello se procura coordinar las políticas entre las instituciones públicas y privadas, a efectos de fomentar la cooperación y el trabajo en redes, con el objetivo general de incrementar la capacidad operativa y de gestión entorno a la temática cultural.

En tal sentido, a través del citado decreto se crea el Grupo Interinstitucional de Promoción del "Uruguay Cultural" (GIPUC), a fin de contribuir al aporte de elementos de análisis para la formulación de políticas y para la toma de decisiones en la materia, así como la proposición de directivas técnicas para las negociaciones bilaterales o multilaterales en que participe o forme parte el Uruguay.

El GIPUC estará integrado por delegados titulares y alternos de los Ministerios de Turismo y Deporte, de Relaciones Exteriores y de Educación y Cultura, en cuya órbita funcionará y se coordinarán acciones.

El GIPUC tendrá los siguientes cometidos:
A - Generar una base de información exhaustiva sobre las actividades y planes en materia cultural fuera de fronteras, con los datos aportados por sus integrantes.
B - Coordinar acciones en la materia que promuevan el concepto de "Uruguay Cultural".
C - Establecer mecanismos de consulta con los sectores interesados sobre aspectos relacionados con la cultura en general.

Asimismo, el mencionado decreto prevé la posibilidad de que -invitación mediante- otros Ministerios, Personas Públicas No Estatales, Gobiernos Departamentales y Congreso de Intendentes, puedan integrar comisiones o grupos de trabajo sobre temas específicos del Programa. Además el GIPUC podrá relacionarse directamente con instituciones privadas u organizaciones de la sociedad civil.

El GIPUC dispone de un plazo de sesenta días para redactar su Reglamento Interno de Funcionamiento.

Fuente: Diario Oficial Nº27.203 del 19/03/2007

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